Intervienen en un Fideicomiso:

  • El Fideicomitente (quien entrega los bienes en calidad de fideicomiso).
  • El Fiduciario (quien recibe en administración los bienes para cumplir una finalidad).
  • El Fideicomisario (quien se beneficia con el fideicomiso).

Por su contenido los fideicomisos pueden ser:

  • Fideicomiso de Administración.
  • Fideicomiso de Inversión.
  • Fideicomiso de Garantía.

El Patrimonio Fideicometido es distinto del Patrimonio del Fiduciario, del Fideicomitente y del Fideicomisario. El Patrimonio Fideicometido no responde por las obligaciones del Fiduciario, del Fideicomitente, ni de los Fideicomisarios (salvo sobre los frutos o las prestaciones que se encuentran a su disposición). El Fiduciario ejerce sobre el Patrimonio Fideicometido, Dominio Fiduciario, ejercido en el marco del contrato.

  • Carácter Temporal; tiene extensión limitada, plazo máximo 30 años.
  • General; puesto que enmarca todos los usos que se le puede dar al bien transmitido en Fideicomiso.
  • Consensual; debe existir consentimiento expreso de las partes, fideicomitente y fiduciario por lo menos.
  • Oneroso; las prestaciones son valuables monetariamente.
  • Autónomo y principal; no depende de otros contratos para su validez.

  • Ley N° 26702, Ley de Banca (doc. adjunto), Ley del Mercado de Valores.
  • Res. SBS. N° 1010-99 (13.11.99) Reglamento del Fideicomiso y de las Empresas Fiduciarias.
  • Res. SBS N° 0084-2000 (18.02.2000) Normas de tratamiento contable del fideicomiso y de las comisiones de confianza.

  • Transferir los bienes al Patrimonio Fideicometido.
  • Determinar los límites del contrato.
  • Designar a los fideicomisarios.
  • Requerir cuentas al fiduciario.
  • Que le sean devueltos los bienes dados en fideicomiso.

Administrar los bienes que constituyen el patrimonio del fideicomiso.

Defensa del patrimonio.

Cumplir con los encargos que constituyen la finalidad del fideicomiso.

Llevar por separado la contabilidad de cada Fideicomiso.

Devolver al Fideicomitente los remanentes del patrimonio al término del fideicomiso.

Alcanzar informes de gestión a los fideicomitentes y a la SBS.

Debitar del Patrimonio Fideicometido los gastos incurridos en su administración.

Comisión de Estructuración (Pago por única vez).

Gastos Pre Operativos: Publicaciones, Gastos Notariales, Registros Públicos (Pago por única vez).

Gastos Operativos: Honorarios Profesionales (Asesoría Legal y Contable), Cargos Bancarios, Otros (Pago mensual, con cargo al Patrimonio Fideicometido).

Comisión de Fiducia (Pago mensual, con cargo al Patrimonio Fideicometido).

Antecedentes: Manual de Estructuración de Operaciones de Fideicomiso (aprobado por Gerencia General con fecha 31-01-07).

Principales pasos: La ejecución de estas actividades revela el estado de negociación de los fideicomisos:

  • Visita del BN o del Cliente (potencial Fideicomitente).
  • Requerimiento formal del servicio por parte del Cliente.
  • Atención preliminar: Respuesta informativa.
  • Elaboración de la Estructura de Fideicomiso.
  • Versión Preliminar del Contrato de Fideicomiso.
  • Opinión de los Departamentos de Riesgos, Finanzas, Legal.
  • Emisión de Acuerdo de Concejo Regional.
  • Versión Final del Contrato.
  • Acuerdo de Directorio del BN.
  • Formalización del Fideicomiso: Firma del Contrato, Protocolización Notarial, Publicación.

  • Permanente comunicación en el período de formulación del contrato y durante la vigencia del mismo.
  • Plasmar en el contrato las necesidades del cliente.
  • Elaboración del anteproyecto de contrato, hasta concluir en la versión final.
  • Información sobre los estados financieros.
  • El servicio fiduciario del Banco se podrá otorgar en cualquier punto del país donde existan IFIS que atiendan al sector agrario.

Un medio efectivo de administración de recursos.

Que no se desvíen los fondos transferidos a otros fines no autorizados.

Garantía para la ejecución de los proyectos y su mantenimiento.

Transparencia en el manejo de fondos públicos.

Confianza de la comunidad.